Perdona, ismacom, no sé si hay que cambiarlo, alguna normativa habrá al respecto, pero en el Permiso de circulación si figura la potencia, no en cv. pero si en kw., igual que en la ficha técnica.ismacom escribió: Un saludo!
P.D.:La potencia no se declara en el Permiso de Circulación que es el que gestiona el Ministerio, sino en el Cartón de la Inspección Técnica, que es el que te modifican en la propia ITV, por lo que no tienes que acercarte a Tráfico y, por ende, pagar más.Pepe Martin escribió:Insisto en que no estoy muy puesto, pero no me refiero al carnet de conducir y la fecha a dos años para recuperar los caballos, sino al Permiso de Circulación de la moto, en el que vienen algunas características y, entre ellas, la potencia de la moto. Cuando está limitada debe poner 25 Kw y al deslimitarla le ponen la potencia real. Creo. O pienso que es lo lógico.
Saludos
Con la limitación, ahí debe poner 25.00.
Yo, en vuestro caso, tambien lo cambiaría, total una mañana perdida y 20€ menos, pero todo en orden.